La Ley de Prevención de Riesgos Laborales en relación al R.D. 1627/1997 considera que la protección del trabajador frente a los riesgos laborales en obras, exige una actuación en la empresa que desborda el mero cumplimiento formal de un conjunto de obligaciones empresariales o la simple corrección a posteriori de situaciones de riesgo ya manifestadas.

Por ello, exige planificar la prevención en obra desde el momento mismo del diseño del proyecto empresarial, realizando una evaluación inicial de los riesgos inherentes al trabajo, y su actualización periódica, informando y formando a los trabajadores, para que tengan un mejor conocimiento, tanto del alcance real de los riesgos derivados del trabajo como de la forma de prevenirlos y evitarlos.

 Riesgo y Trabajo, S.L., en su área de prevención técnica, ha desarrollado métodos eficaces, para la implantación de todas las exigencias de la Ley de Prevención y R.D. 1627/1997, que permite, una adecuada coordinación profesional de las obras, y equipamiento posterior lo que es fundamental para conseguir resultados positivos, reduciendo el elevado coste que en todos los órdenes tienen los accidentes. Todos estos trabajos están garantizados por un equipo de profesionales, tanto en la identificación y alcance de los riesgos como de la forma de prevenirlos y evitarlos, no sólo técnicos en P.R.L. sino profesionales colegiados con titulaciones de ingeniería técnica y superior o de arquitecto técnico.

Riesgo y Trabajo S.L. está en condiciones de identificar los riesgos existentes y de dar las instrucciones, realizar la coordinación, apoyo y asesoramiento necesarios para su solución.